jueves, 23 de junio de 2011

Competencia de escucha

El pasado martes tuve la oportunidad de presentar el proyecto de Mi HR PARTNER a una empresa que trabaja con personas discapacitadas. Fue una experiencia muy bonita. Durante la presentación su Gerente me hacía ver que algo que él valoraba mucho en el trabajo con las personas de su empresa era la de desarrollar su capacidad de escucha. En ese momento le interrumpí y le dije que en honor a sus palabras trasladaría al Blog de Mi HR PARTNER una entrada en la que se explique en qué consiste la escucha auténtica.



Par ello voy a echar mano de mis apuntes del Programa de Certificación  de Coaching Dialógico (Instituto de Desarrollo Directivo Integral de la Universidad Francisco de Vitoria):

"La escucha dialógica es la habilidad para escuchar con cuerpo y alma, y estar atento al diálogo en su sentido amplio, como un espacio que se crea en el encuentro entre las personas y del que las palabras son solo una parte. El coach "escuchará" la energía y emociones de la personas con la que esta, y prestará atención a lo que dice y a lo que no dice. El coach escucha con todo su ser, como un enorme radar, desde un estado de presencia plena y relajación, desde un silencio interior que le permite estar con la otra persona al 100%, inmerso en el mismo campo de juego y atento a todo lo que llega"

También como regalo, en un mundo laboral en el que estamos acostumbrados os dejo la conexión de un video de you tube que seguro os puede inspirar hacia lo que podemos ser capaces de hacer si nos lo proponemos.

Declaraciones del Ministro de Trabajo en Radio Nacional a las 09:11

http://www.rtve.es/alacarta/audios/en-dias-como-hoy/dias-como-hoy-cuarta-hora-23-06-11/1136735/


Conectar a partir del minuto 14.

Perdonad por la insistencia. El Ministro de Trabajo, valga la redundancia, insiste también de forma clara en que el convenio provincial dejará de existir. Ahora hay una puerta abierta para negociar un convenio en tu empresa que te desligue en determinadas materias del convenio provincial. Y creo que habría que ponerse en marcha. TIENES LA OPORTUNIDAD DE NEGOCIAR UN TRAJE A MEDIDA en función de las circunstancias de cada empresa.

El peligro que se avecina es la protesta sindical ya que son conscientes del cambio y no quieren perder los privilegios de las negocaiciones provinciales. El peligro que se avecina es que alguien tenga la tentación de perpetuar las condiciones provinciales en los convenios autonómicos. De hecho ya hay algún Convenio Autonómico que lo único que hace es recoger las condiciones provinciales previas.



Por ello vuelvo a utilizar el verbo insistir para decir que la puerta esta abierta al cambio en la situación particular de las empresas, lo que paso es que ya vendrá alguien a fastidiarlo.

Todo lo que expreso en este sentido de aprovechar la reforma de la negociación colectiva cuando da prevalencia al Convenio de empresa, no modifica para nada la opinión que tengo que de que las reformas tenían que haber sido todavía más ambiciosas. Lo que pasa es que esto es lo que hay y por tanto hay que ponerse a trabajar.

martes, 21 de junio de 2011

Una Prueba de lo que os decía en la entrada anterior

Os decía en la entrada anterior que "a trabajar con lo que hay". Como os podréis dar cuenta en estos momentos, quizá no repetibles, cabe la posibilidad de poner patas arriba el convenio provincial, exclavitud de muchas empresas. Las patronales provinciales deberían reaccionar y dejar de lado asuntos que ahora están en sus agendas para dar el mayor apoyo posible a las empresas asociadas. Creo que así ocurrirá finalmente. Los sindicalistas, sin embargo (al pie de la entrada), sí saben lo que se esta cociendo.

Hoy hay una seria posibilidad de sacar a la medianda y pequeña empresa de su sumisión al convenio colectivo sectorial provincial.

Soy consciente de que la labor no es fácil, pero es POSIBLE. Repito, la prueba esta en las manifestaciones de las centrales sindicales.

El trámite parlamentario por unas y otras razones puede echar abajo un puerta que en estos momentos esta abierta. Un convenio de empresa podría hoy, por ejemplo, pactar el mantenimiento de los salarios del 2011 en los próximos 4 años, sometiendo cualquier clase de subida a aspectos que tengan que ver con los resultrados de la empresa. También po´dría pactar reducciones de salario (aunque esto me parece más utópico). Sin embargo en algún caso podría ser necesario para el mantenimiento de la actividad y con ello de los puestos de trabajo.

Noticia:


El secretario general de CCOO de Andalucía, Francisco Carbonero, ha considerado este martes que la reforma de la negociación colectiva aprobada por el Gobierno central va a producir "un caos" en España.
Carbonero, que ha inaugurado en Torremolinos (Málaga) unas jornadas sobre la crisis económica y la situación del empleo en el sector turístico, se ha mostrado preocupado "ante la posibilidad de que se anulen los convenios provinciales en toda España".
"Estamos ante un momento muy importante porque prevemos que se va a producir un incremento de la conflictividad social ante la pérdida de derechos de los trabajadores con esta reforma impuesta por el Gobierno", ha apostillado.
En este sentido, el máximo responsable del sindicato en Andalucía ha manifestado que intentarán "evitar el desmantelamiento de este tipo de convenios", y, además, ha abogado por buscar acuerdos "que garanticen los derechos de los trabajadores con convenios de ámbito autonómico o estatal y para no generar competencia desleal entre las empresas".
Ha añadido que CCOO no permitirá que haya "más pérdidas de derechos". "Vamos a pelear por ello", ha incidido, reiterando que no quieren que se "desmantelen" los convenios provinciales.
En relación con las movilizaciones, el líder de CCOO de Andalucía ha recordado la manifestación convocada para este miércoles "en contra de las políticas de recortes de derechos de la Unión Europea".
El acto se va a realizar en Sevilla y desde la provincia de Málaga un número importante de representantes de esta organización sindical ya han confirmado su asistencia.

jueves, 16 de junio de 2011

Despues de quejarnos, a trabajar.

Ayer estuve en Madrid para conocer de primera mano las impresiones de uno de los equipos de profesionales que han estado en el proceso de negociación de la reforma sobre la (perdón por la redundancia obligada) negociación colectiva.

Mi impresión fue positiva. Me sentí identificado con esos profesionales. Me explico, los deseos y anhelos que tenemos los que estamos fuera de un proceso de negociación son ilimitados. Pedimos el 10 de lo que se necesita. Ahora bien, para llegar a ese diez hay que ir dando pasitos.

En este proceso de negociación ha ocurrido lo mismo ¿En cuantos procesos he participado que los que estaban fuera pedían ese 10? Los que negocias en vuestras empresas lo sabéis. Pues bien eso era imposible, entre otras razones porque la negociación es algo que se maneja entre dos partes y en ningún caso puede debe producirse una victoria absoluta de una de las partes.

Lo que comprobé ayer es que en la reforma tiene más enjundia que lo que las críticas generalizadas parecían augurar.

Cuando se dice que se da preponderancia al Convenio de Empresa, es cierto. Cuando se dice que esto es el fin de los Convenios Provinciales también es cierto.

Lo que hace falta ahora es ponerse a trabajar. Hay que intentarlo y ser creativos.

Por echar a volar la imaginación:

1. Imaginaros salir del Convenio Provincial.
2. Imaginaros que los conflictos sectoriales desaparecen.
3. Imaginaros flexibilidad en las empresas.
4. Imaginaros que tenéis la oportunidad de hacer un traje a medida en vuestra empresa.

Este fin de semana estoy de curso en Madrid. No tendré tiempo para desarrollar alguno de estos temas. No obstante, prometo retomar el asunto el lunes.

Hay que calentar motores y estar preparados.

martes, 14 de junio de 2011

Reforma Laboral Real ¡YA!

Aprovechando algún eslogán de comunicación que se ha puesto de moda en este último mes, lo que los trabajadores sobre todo (vícitmas de la lacra del paro, primera preocupación de los españoles y españolas según todas las encuestas) y también los emprendedores y creadores de empleo claman es una ¡REFORMA LABORAL REAL YA!

Muchos han sido los intentos de maquillaje de la norma laboral española. Los resultados positivos han brillado por su ausencia.

Desde el punto de vista de quien esto escribe la fórmula jurídica del Estatuto de los Trabajadores esta agotada y esta produciendo en España auténticos estragos en materia de empleo. Prueba de lo que digo lo tenemos en las estadísticas oficiales y oficiosas de desempleados y de “trabajadores en formación” de los que habla el todavía Presidente del Gobierno.

En España desde principios de esta década, sino antes, debió haberse producido un cambio sustancial en la normativa laboral. El Estatuto de los Trabajadores ha cumplido un gran servicio a este país durante los años 80 y 90. Sin embargo se trata de una norma tremendamente rígida, conservadora y paternalista. La actividad económica en España languidece. Pocos son los empresarios que se atreven a contratar, la temporalidad es la más alta de los países de nuestro entorno económico.

Aunque soy de los que pienso que las soluciones que se apliquen deben mirar más el medio y largo plazo que al corto, las reformas laborales aprobadas no van a solucionar absolutamente nada, introduce más rigideces en la norma de las que ya había y con el tiempo se demostrará su inoperancia. No obstante, el Decreto Ley de 10 de junio puede abrir algunas puertas a nivel de empresa. Entiendo que, aunque pequeña, se brinda alguna oportunidad de la que no se disponía anteriormente. En futuras entradas trataré de comentar en qué pueden consistir estas nuevas vías.

En lo fundamental, el cambio laboral debiera abordar los siguientes puntos:

La contratación laboral. Actualmente hay dos clases de trabajadores, de un lado los que tienen todos los derechos y de otro los temporales. En esta materia habría que dibujar una línea roja, un antes y un después. Propongo un cambio radical y por tanto utópico. De un lado mantengamos la regulación por despido tal cual esta, entiendo que si se rebajan los 45 días actuales del despido improcedente habría una desbandada más generalizada por razones de costes de empresas multinacionales. Ahora bien suprimamos los contratos temporales y creemos un contrato indefinido (ojo indefinido, no fijo y para toda la vida como algunos creen) con un régimen de despido no causal y con una indemnización de 20 días con límite de 12 mensualidades. De esta forma protegeríamos al trabajador como hasta el momento, eliminaríamos el miedo a contratar al tiempo que cambiaríamos la cultura del trabajador con contrato indefinido, que como he dicho antes no es para toda la vida.

Flexibilidad interna: Introducir medidas que permitan flexibilizar las jornadas laborales sin un incremento de coste laboral. De esta forma se favorecería la adaptación de la producción a la demanda del mercado sin necesidad de tomar medidas más traumáticas como pueden ser los ERES de extinción o los despidos


Negociación colectiva: Basada en una millonada de convenios colectivos que hay negociar todos o casi todos los años y a los que se destinan infinidad de recursos. Mi propuesta en este tema pasa por la simplificación, convenios nacionales que se concreten en el ámbito de la empresa. También en este tema hay que introducir la eliminación de la ultractividad de un convenio colectivo y esto debe ser así ya que los convenios actuales son la suma de los despropósitos de las negociaciones de los 30 últimos años y hay derechos y/o obligaciones que son completamente anacrónicas. La recién aprobada reforma ha pasado de largo en los puntos críticos que apunto, sin embargo como he dicho anteriormente sí que se atisban algunas vías que utilizadas a nivel de empresa y con una carga negociadora que va más allá de la propia mesa y en la que hay involucrar a todas las partes, pueden aportar algo de luz para flexibilizar las relaciones laborales, favoreciendo tanto la competitvidad como el empleo.



Representación sindical: Tema de debate como consecuencia de la convocatoria de Huelga General del pasado mes de septiembre de 2010. El sistema actual hay que cambiarlo, los sindicatos serán más o menos representativos en función del número de afiliados que tengan y eso de igual forma que les pasa a las organizaciones empresariales quienes ostentan representación en función del número de empresas que las integran y de los trabajadores que ocupen dichas empresas asociadas.

Representatividad empresarial: Por imitación esta cayendo en los mismos vicios que las organizaciones sindicales y ello teniendo la mitad de la mitad del poder de que disponen aquellas. Tradicionalmente se dedicaban a la negociación colectiva a nivel provincial (que desaparecerá según la reforma que opera el RDL 07/2011 aprobado en Consejo de Ministros del pasado viernes 10 de junio de 2011), esa era la causa inicial de su existencia. Mi recomendación es que la representación empresarial este más cerca de las empresas, que conozcan cuales son sus procesos productivos, que sepan lo que cuesta invertir y crear riqueza y empleo, en definitiva que vivan más los postulados del colectivo al que dice representar y que no se conforme con ir pasando el día a día en actos meramente protocolarios que no aportan ningún valor a los empresarios y los trabajadores.

Ley de Huelga: Bastaría con que se promulgase una Ley de Huelga. Desde el año 1.978, en España, ningún gobierno ha sido capaz de promover una regulación sobre esta materia.  De su contenido únicamente me atrevo a proponer que cuando un trabajador preste sus servicios en una empresa que dispone de convenio propio, la participación de dicho trabajdor en una huelga de carácter sectorial sea declarada ilegal por la norma. Dicho esto de forma muy genérica y debiendo concretar jurídicamente algunas circunstancias particulares que puedan concurrir en el caso concreto. Aunque en esta materia, una correcta aplicación de la nueva reforma puede aportar también soluciones

Seguridad Social: Muertas las Mutuas, tratar de trabajar en su resurrección, dándoles participación junto a las empresas en la gestión y corrección de los altos niveles de absentismo que hay en España.
Queridos lectores, a partir de aquí espero que os animéis a realizar vuestros comentarios, que a buen seguro, pueden ir enriqueciendo el guiso, o al menos arreglándolo.

Cuando todo se ha perdido

El foco central del quehacer diario del Responsable de RR.HH. es trabajar con las personas que integran y que están en el contexto de su organización. Dentro de ese ámbito tan amplio se trabaja con las motivaciones humanas, hemos leído y estudiado diversas teorías al respecto sobre lo que les mueve a las personas.


Por otro lado vivimos en un mundo donde triunfa el reduccionismo, o lo que es lo mismo, la interpretación de la realidad de forma reducida atendiendo únicamente a una parte limitada de la misma. Buscamos explicaciones sencillas, fáciles de comprender, y renunciamos a profundizar a indagar en lo que ocurre delante de nuestros ojos


Todos estos temas los iré desarrollando en el blog. Hoy no me resisto a la tentación de ofreceros una breve lectura de un clásico de la psicología, un pequeño extracto del libro de Viktor Frankl "El hombre en busca de sentido".





Cuando todo se ha perdido

Mientras marchábamos a trompicones durante kilómetros, resbalando en el hielo y apoyándonos continuamente el uno en el otro, no dijimos palabra, pero ambos lo sabíamos: cada uno pensaba en su mujer. De vez en cuando yo levantaba la vista al cielo y veía diluirse las estrellas al primer albor rosáceo de la mañana que comenzaba a mostrarse tras una oscura franja de nubes. Pero mi mente se aferraba a la imagen de mi mujer, a quien vislumbraba con extraña precisión. La oía contestarme, la veía sonriéndome con su mirada franca y cordial. Real o no, su mirada era más luminosa que el sol del amanecer. Un pensamiento me petrificó: por primera vez en mi vida comprendí la verdad vertida en las canciones de tantos poetas y proclamada en la sabiduría definitiva de tantos pensadores. La verdad de que el amor es la meta última y más alta a que puede aspirar el hombre. Fue entonces cuando aprehendí el significado del mayor de los secretos que la poesía, el pensamiento y el credo humanos intentan comunicar: la salvación del hombre está en el amor y a través del amor. Comprendí cómo el hombre, desposeído de todo en este mundo, todavía puede conocer la felicidad —aunque sea sólo momentáneamente— si contempla al ser querido. Cuando el hombre se encuentra en una situación de total desolación, sin poder expresarse por medio de una acción positiva, cuando su único objetivo es limitarse a soportar los sufrimientos correctamente —con dignidad— ese hombre puede, en fin, realizarse en la amorosa contemplación de la imagen del ser querido. Por primera vez en mi vida podía comprender el significado de las palabras: "Los ángeles se pierden en la contemplación perpetua de la gloria infinita.”
 

 
Delante de mí tropezó y se desplomó un hombre, cayendo sobre él los que le seguían. El guarda se precipitó hacia ellos y a todos alcanzó con su látigo. Este hecho distrajo mi mente de sus pensamientos unos pocos minutos, pero pronto mi alma encontró de nuevo el camino para regresar a su otro mundo y, olvidándome de la existencia del prisionero, continué la conversación con mi amada: yo le hacía preguntas y ella contestaba; a su vez ella me interrogaba y yo respondía.

"¡Alto!" Habíamos llegado a nuestro lugar de trabajo. Todos nos abalanzamos dentro de la oscura caseta con la esperanza de obtener una herramienta medio decente. Cada prisionero tomaba una pala o un zapapico.

"¿Es que no podéis daros prisa, cerdos?" Al cabo de unos minutos reanudamos el trabajo en la zanja, donde lo dejamos el día anterior. La tierra helada se resquebrajaba bajo la punta del pico, despidiendo chispas. Los hombres permanecían silenciosos, con el cerebro entumecido. Mi mente se aferraba aún a la imagen de mi mujer. Un pensamiento me asaltó: ni siquiera sabía si ella vivía aún. Sólo sabía una cosa, algo que para entonces ya había aprendido bien: que el amor trasciende la persona física del ser amado y encuentra su significado más profundo en su propio espíritu, en su yo íntimo. Que esté o no presente, y aun siquiera que continúe viviendo deja de algún modo de ser importante. No sabía si mi mujer estaba viva, ni tenía medio de averiguarlo (durante todo el tiempo de reclusión no hubo contacto postal alguno con el exterior), pero para entonces ya había dejado de importarme, no necesitaba saberlo, nada podía alterar la fuerza de mi amor, de mis pensamientos o de la imagen de mi amada. Si entonces hubiera sabido que mi mujer estaba muerta, creo que hubiera seguido entregándome —insensible a tal hecho— a la contemplación de su imagen y que mi conversación mental con ella hubiera sido igualmente real y gratificante: "Ponme como sello sobre tu corazón... pues fuerte es el amor como la muerte". (Cantar de los Cantares, 8,6.)

Viktor Frankl (1946, 1959 y 1962) “El hombre en busca de sentido”


lunes, 13 de junio de 2011

la reforma de los convenios no va a solventar problemas del mercado laboral español como la rigidez_pich-cree-reforma-convenios-solventar.html

Los sindicatos han perdido medio millón de afiliados durante la crisis

http://www.expansion.com/2011/06/05/economia/1307306887.html?a=d2f89661427ed93a12137ef166d366ca&t=1307986143

Real Decreto Ley de la Reforma de la Negociación Colectiva

http://www.boe.es/boe/dias/2011/06/11/pdfs/BOE-A-2011-10131.pdf

Presentación por el ministro de trabajo de la Reforma de la Negociación Colectiva

http://www.youtube.com/user/MTINVIDEO#p/a/u/0/lJlLYfuSupo

Principales comentarios sobre el Decreto aprobado el pasado viernes sobre las medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva

MEDIDAS URGENTES PARA LA REFORMA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
·         Aporta más flexibilidad a las empresas sin que los trabajadores pierdan seguridad.
·         Prioriza los convenios de empresa y agiliza la negociación de los convenios, evitando su bloqueo, y se marca un plazo máximo de entre ocho y catorce meses para negociar un nuevo convenio.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley de medidas para la reforma de la negociación colectiva.
Esta decisión se enmarca dentro del proceso de reformas estructurales que está abordando el Gobierno de España y pretende dar respuesta a la necesidad de mejorar y modernizar el sistema de negociación colectiva.
El Gobierno elabora este Real Decreto Ley tras ampliar el tiempo de negociación entre las organizaciones sindicales y empresariales que marcaba la reforma laboral, con el convencimiento expresado de que lo deseable hubiese sido una reforma pactada por los protagonistas de la negociación colectiva.
Reforma profunda, equilibrada y avanzada
Ante la falta de acuerdo entre sindicatos y empresarios, el Gobierno ha buscado una reforma profunda, avanzada y equilibrada, teniendo en cuenta las posturas expresadas por los protagonistas de la negociación colectiva.
El Real Decreto Ley aprobado pretende introducir mayor flexibilidad interna en las empresas, de forma que cuando sufran cambios o atraviesen situaciones de dificultad, sea posible su adaptación a las nuevas condiciones, con el objetivo de mantener el empleo, en lugar de ir al despido, como sucede ahora.
También busca que los trabajadores puedan tener mayor participación en esa flexibilidad interna y aumentar con ello la seguridad sobre el mantenimiento de los puestos de trabajo, así como agilizar la negociación de los convenios.
Principales novedades
Se da prioridad a la aplicación del convenio de empresa en relación al sectorial en aspectos como salario base y complementos salariales; retribución de horas extras y de trabajo a turnos; horario y distribución del tiempo de trabajo, régimen de trabajo a turnos y planificación de vacaciones; adaptación de la clasificación profesional; adaptación de las modalidades de contratación; y medidas para la conciliación de vida y trabajo.
Estos cambios aumentan la capacidad de la negociación colectiva en la empresa para potenciar la flexibilidad interna y adaptar las condiciones laborales a las circunstancias específicas y concretas de las empresas.
Por otro lado, la capacidad de ordenar la negociación colectiva se reserva a los convenios sectoriales estatales y de Comunidad Autónoma, y se deja de reconocer ese papel a los convenios provinciales
Otro importante elemento de modernización que introduce la reforma es reconocer por Ley la capacidad de negociación colectiva en los grupos de empresas, permitiendo así dar cauce en esta materia a las nuevas realidades empresariales.
Nueva dinámica
Con el objetivo de agilizar y dinamizar la negociación de los convenios desarrolla una nueva dinámica negocial respecto a la vigencia de los mismos:
·         Preaviso de denuncia de tres meses antes de finalizar la vigencia.
·         Plazo de un mes para el inicio de negociación de un nuevo convenio desde la denuncia del anterior.
·         Plazo de entre ocho y catorce meses para la negociación de un nuevo convenio.
·         Compromiso de sometimiento a mecanismos de mediación y arbitraje, si no hay acuerdo transcurrido ese plazo, con el objetivo de solucionar las discrepancias surgidas.
La reforma de la negociación colectiva facilita la solución extrajudicial de los conflictos, favoreciendo con ello la paz social y una aplicación ágil y eficaz de las medidas.
Asimismo, se aumenta la capacidad de actuación de las Comisiones Paritarias, compuestas por la representación de los trabajadores y la empresa y que son los encargados de negociar los convenios y su correcta aplicación posterior, con la finalidad de lograr una administración de los convenios más dinámica, de manera que algunas de sus materias pueden ser modificadas de forma consensuada y paritaria.

Trabajo e Inmigración

APROBADO EL REGLAMENTO DE LOS EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO
·         Da más garantías a trabajadores y empresarios.
·         Ofrece más seguridad a los trabajadores porque precisa la documentación a aportar por la empresa para acreditar las causas del ERE, y refuerza la exigencia del plan de acompañamiento social.
·         Por otra parte, las empresas mantienen la flexibilidad para poder extinguir contratos de trabajo en una situación económica negativa, y podrán utilizar también otras alternativas al despido.
El Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), con el que se da cumplimiento a la reforma laboral.
Su contenido conjuga de manera equilibrada la flexibilidad y adaptabilidad requeridas por las empresas y la seguridad demandada por los trabajadores al canalizar la extinción de contratos de trabajo por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción hacia el procedimiento de regulación de empleo. También agiliza la tramitación administrativa para lograr una más rápida aplicación del mismo.
Documentación a aportar
El Reglamento precisa la documentación que debe aportar la empresa para acreditar las causas de los EREs, sin entrar a regular la definición de las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que justifican los despidos colectivos. Se detallan, asimismo, todas las cuentas de la empresa, auditadas cuando sea legalmente exigible, obligatorias de presentar cuando la causa alegada sea económica.
Además, como novedad, se señala que, cuando la empresa que presente el ERE forme parte de un grupo de empresas, deberán aportarse las cuentas del mismo.
Cuando la empresa alegue, conforme señala la reforma laboral, "las pérdidas previstas" para extinguir los contratos de trabajo, será exigible, además de la documentación general, un informe sobre los datos en que se basa la previsión de pérdidas y los criterios utilizados para su cuantificación. En línea con lo señalado por el Consejo de Estado, el empresario deberá acreditar "el volumen y el carácter permanente o transitorio de las pérdidas a efectos de justificar la razonabilidad de la decisión extintiva".

PLAN DE ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL
El Gobierno también refuerza con este Reglamento la exigencia del plan de acompañamiento social de los ERE que tienen obligación de presentar las empresas de más de cincuenta trabajadores y que debe ser objeto de negociación con los representantes de los trabajadores y se ofrece una amplia descripción de sus contenidos posibles.
Se regulan con mayor precisión y detalle que el Reglamento actual los expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo y de reducción de jornada (modelo alemán), como fórmulas de flexibilidad interna en la empresa alternativas al despido.
Desde la aprobación de la reforma laboral en junio de 2010 hasta marzo de 2011 se ha producido una reducción del número de trabajadores afectados por ERE de extinción (un -5,85 por 100) y un sustancial incremento de los trabajadores afectados por ERE de reducción de jornada (un 315 por 100) con respecto al período junio 2009-marzo 2010.

Novedades

El convenio de empresa tendrá prioridad sobre el sectorial. Con la reforma, lo que se negocie en la empresa tendrá prioridad sobre lo que se negocie y se pacte en el convenio sectorial provincial. También tendrá prioridad sobre el convenio autonómico y el estatal, siempre que en éstos no se diga lo contrario.
Se amplían las materias que pueden ser negociadas en el ámbito de la empresa. Las materias a las que va a afectar son:
·         Salario base y los complementos salariales
·         El horario y distribución del tiempo de trabajo
·         Trabajo a turnos, organización y retribución, incluidas las horas extra
·         Aplicación de la clasificación profesional
·         Las modalidades de contratación
·         Conciliación laboral y familia
·         Los convenios estatales y de Comunidad Autónoma ordenarán la negociación colectiva. Se deja de reconocer ese papel a los convenios provinciales.
Se reconoce capacidad negociadora en los grupos de empresas o empresas en red surgidas de procesos de descentralización productiva. Por ejemplo que una empresa matriz y sus filiales tengan un único convenio colectivo para todas las empresas del grupo. Es un importante elemento de modernización que introduce la reforma.
Se establece un plazo de entre 8 y 14 meses para negociar un convenio. La reforma introduce cambios para agilizar la negociación de los convenios colectivos cuando finaliza su vigencia pactada. Se empezará a negociar antes de que acabe la vigencia del convenio colectivo. El método y los plazos serán los siguientes:
·         Preaviso de denuncia de tres meses antes de finalizar la vigencia.
·         Plazo de un mes para el inicio de negociación de un nuevo convenio desde la denuncia del anterior.
·         Plazo de entre 8 y 14 meses para la negociación de un nuevo convenio.
·         Compromiso de sometimiento a mecanismos de mediación y arbitraje, si no hay acuerdo transcurrido ese plazo, con el
objetivo de solucionar las discrepancias surgidas
·         Las comisiones paritarias tendrán más capacidad. Entre las nuevas competencias que tendrán las Comisiones Paritarias (formadas por representantes de la empresa y de los trabajadores) está la de poder conocer y resolver las discrepancias en materia de modificación sustancial de condiciones de trabajo o la no aplicación del régimen salarial. La finalidad de esta medida es lograr una administración de los convenios más dinámica, de manera que algunas de sus materias pueden ser modificadas de forma consensuada y paritaria. Es decir, que se pueda renegociar el convenio, durante su vigencia, si es necesario.
Las resoluciones alcanzadas en las comisiones paritarias tendrán la misma validez y eficacia jurídica que los convenios colectivos.